“Aguilera con prisión domiciliaria pone en riesgo la investigación”

(ARGENTINA)
El Tribuno Salta [Salta, Argentina]

April 25, 2019

By Silvia Noviasky

La fiscal que investiga al sacerdote por abuso sexual, cuestionó que ya no esté arrestado. Aseguró que es un “beneficio” al que acceden los religiosos y no otros detenidos.

La fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, María Luján Sodero Calvet, se refirió ayer por la mañana a la investigación que realiza por las denuncias de abuso en contra del sacerdote José Carlos Aguilera. Aseguró que su arresto domiciliario pone en riesgo la investigación. Si bien destacó que el religioso hace uso de un derecho, aseguró que este “beneficio” no se otorga a otros detenidos que están acusados por el mismo delito. Para prevenir una posible interferencia en la investigación, Sodero solicitó que se monitoree al sacerdote, que actualmente tiene arresto domiciliario sin tobillera electrónica y con control “ambulatorio”.

En los últimos días, el juez de la sala IV del Tribunal de Impugnación, Adolfo Figueroa, concedió el arresto domiciliario al sacerdote, que fue denunciado por dos personas por abuso sexual y permanecía detenido en la Alcaidía. De esta manera, fue el tercer sacerdote que accedió al beneficio de una prisión preventiva en su domicilio.

La jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, dictó prisión domiciliaria con monitoreo para el cura Emilio Lamas, también denunciado por abuso sexual. El juez Luis Felix Costas, en tanto, le otorgó el arresto domiciliario sin monitoreo al sacerdote Agustín Rosa Torino.

El juez Figueroa dictó el arresto domiciliario, en contra de la solicitud de la fiscalía, que pedía que se mantuviera la prisión preventiva. La medida también distó de lo requerido por el juez de Garantías 5, Hugo Héctor Martínez. “En su momento el juzgado de Garantías había dispuesto que este arresto domiciliario sea con el sistema de monitoreo electrónico Uadme (Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico). A eso se lo dejó sin efecto y el Tribunal de Impugnación dispuso una mera consigna policial del tipo ambulatoria”, explicó Sodero.

La fiscalía “insistirá” en el monitoreo con tobillera electrónica. “Es el único mecanismo de control verdaderamente eficiente con el que contamos y consideramos que es idóneo y apto para este tipo de situaciones donde hay una persona privada de su libertad pero con una suerte de situación de beneficio, podríamos decir”, señaló la magistrada.

Desde el organismo que lleva adelante la investigación, llamaron la atención sobre el trato diferencial que tuvo este caso en comparación con otros. “En todos los casos de abuso sexual, con esta gravedad, nosotros instamos la prisión preventiva, y en casi, no voy a decir la totalidad pero en la gran mayoría de los casos, la prisión preventiva procede”, resaltó Sodero.

La fiscal recalcó que Aguilera está acusado de un delito grave y que está prevista para los próximos días la audiencia de imputación. “Hablamos de abuso sexual gravemente ultrajante y agravado. En consecuencia, así como procede la prisión preventiva en cualquier otra circunstancia igual, no vemos razón alguna que amerite una diferencia en esta situación”, advirtió.

En el mismo sentido, la magistrada destacó que actualmente hay personas detenidas en Alcaidía con problemas de salud graves que “no han conseguido arresto domiciliario”

Consultada sobre cuáles serían los perjuicios que puede acarrear para la causa judicial el arresto domiciliario sin monitoreo del sacerdote, Sodero fue tajante y dijo que pone en riesgo la etapa investigativa que lleva adelante. Por ese motivo, indicó, se opuso a la medida.

Su negativa se basó en comunicaciones que el imputado tuvo con la parte denunciante antes de que lo detuvieran. “Pedí la prisión preventiva para evitar toda posibilidad de contacto, porque el contacto ya ha existido, previo y en los albores a la denuncia, un contacto que a mi entender no era apropiado en estas instancias porque implicaba la posibilidad de que se tratara de influir o influenciar en testigos o damnificados porque tenemos una persona que tiene ascendencia”, resaltó.

La magistrada recordó que Aguilera usó una herramienta jurídica pero destacó que, al otorgarle el arresto domiciliario, se le ordenó no mantener contacto con ninguna persona involucrada en la causa. Resaltó que es su obligación tomar los recaudos para que evitar el contacto.

“Sabemos que los medios de comunicación son sumamente bastos, hay muchas posibilidades de establecer contactos por muchas vías. Las redes sociales son inmanejables, y eso es lo que tratamos de evitar”, expresó.

Rechazo a la nulidad y prescripción

Ayer la Justicia rechazó la nulidad del caso y la prescripción de la causa. La defensa del sacerdote, a cargo del abogado Juan Casabella, había solicitado la prescripción por un lado y, por otro, la nulidad del caso. Este último pedido se justificó en la edad jubilatoria del juez de Garantías 5, Hugo Martínez. Según el abogado, el artículo 156 de la Constitución de Salta manda que “la inamovilidad cesa en el momento en que el magistrado pueda obtener la jubilación, en caso contrario se necesita un nuevo nombramiento de parte del Poder Ejecutivo”.

“Es absolutamente improcedente. Hoy (por ayer) se rechazó el planteo de nulidad y de excepción por falta de jurisdicción. Todos conocemos cuál es el trámite necesario para acceder a la jubilación, es un trámite complejo, también sabemos en qué momento cesa la actividad jurisdiccional, que no ha cedido ahora”, aseveró la fiscal.

El sacerdote se negó a someterse a careos con las víctimas y a pericias psicológicas y psiquiátricas. Las estrategias de la defensa, recalcó Sodero, son válidas, pero levantan sospechas. La fiscal resaltó que los dos denunciantes se pusieron a disposición para las pericias y para el careo. Se refirió a lo “dificultoso que es en este delito, para una persona que viene como víctima, someterse al careo”, y agregó que Aguilera “hizo uso de su derecho, pero es un dato objetivo”.

María Luján Sodero informó que el sacerdote presentó pericias psicológicas y psiquiátricas realizadas por dos profesionales particulares. La fiscalía citó a la psicóloga y a la psiquiatra autoras de esos informes para entrevistarlas y que ratifiquen lo que evaluaron pero no aportaron datos.

“Cuando se presentaron, no se las relevó del secreto profesional. A pesar de haber sido una prueba aportada por la defensa, no presentaron testimonio”, advirtió la fiscal penal.

Pedidos a la Iglesia

Luján Sodero, fiscal a cargo de la causa contra el sacerdote Carlos Aguilera, acusado de abuso sexual, advirtió que su pedido de información al Arzobispado de Salta tuvo una respuesta negativa. El requerimiento, al igual que en el caso Lamas, se derivó a Roma, a la Congregación para la Doctrina de la Fe. “Con la autorización de ese organismo nos darían la documentación”, indicó la magistrada. 
Se señala que habría cinco denuncias contra el cura en el fuero eclesiástico. “Quiero lograr la compulsa de esas actuaciones y la verificación de quienes están interviniendo desde la sede eclesiástica para poder tomar contacto con esas autoridades”, explicó. 

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