Tras 44 años denunció abuso de un sacerdote: lanzó campaña para que no prescriba

LA PLATA (ARGENTINA)
Diario El Ciudadano [Rosario, Santa Fe, Argentina]

June 13, 2019

Benedetti, quien se reconoce como sobreviviente de abuso sexual eclesiástico, está peleando para reabrir una de las tres causas en las que Giménez fue denunciado

Un hombre que luego de 44 años pudo denunciar por abuso sexual a un sacerdote inició una campaña en Change.org, para que se declaren imprescriptibles las diferentes modalidades de pedofilia y la acción penal se extinga sólo en caso de la muerte del imputado

El petitorio fue iniciado por Ricardo Raúl Benedetti, uno los denunciantes del cura platense Héctor Ricardo Giménez, reunió casi 4.000 firmas en sólo dos semanas y se suma a la campaña que tres meses atrás lanzó la actriz Thelma Fardin.

Benedetti, quien se reconoce como sobreviviente de abuso sexual eclesiástico, está peleando para reabrir una de las tres causas en las que Giménez fue denunciado.

Bajo el hashtag #PedofiliaSinPrescripción, Benedetti reclama “que el Congreso trate los proyectos de ley sobre imprescriptibilidad del abuso sexual infantil”, entre los que destaca el de la diputada radical Lorena Matzen.

“Que se declare imprescriptible este tipo de delitos implicaría una sanación a la vez personal y como sociedad; pero además disponer de más herramientas para la prevención de estas acciones aberrantes”, dijo Benedetti, quien tenía 8 años cuando fue abusado pero recién pudo “tomar conciencia” de esto y “recordar los detalles” más de 40 años después.

“La Justicia tiene que tomar nota del proceso que hace toda víctima hasta que recuerda los hechos y se anima a denunciar, un proceso que tiene un tiempo que es diferente y personal para cada uno”, agregó al ser consultado por Télam.

El proyecto presentado el año pasado por Matzen establece “la imprescriptibilidad de las diferentes modalidades de abuso sexual infantil previstos en el Código Penal” descriptos en 14 diferentes artículos, entre ellos explotación sexual infantil, pornografía infantil, violación, corrupción de menores, exhibiciones obscenas y grooming.

“Cuando un niño o una niña sufren abuso de alguna manera se mata a ese niño o niña: es sumamente ultrajante y afecta a los derechos humanos. Suele transcurrir mucho tiempo hasta que pueden internalizar y exteriorizar el abuso, un tiempo que puede ser más largo que los plazos de la ley”, dijo Matzen.

“Por eso vemos tantos adultos denunciando cosas que les pasaron en la infancia, pero resulta que los jueces dan por prescripta la causa y encima el agresor les hace una demanda por daños y perjuicios”, precisó a Télam.

La prescripción del delito de abuso sexual infantil ya había sido modificada en 2011 -con la denominada “Ley Piazza”-, que fue reemplazada en 2015 por una nueva ley que prolongó los tiempos de la suspensión.

Mientras la Ley Piazza estableció que, en el caso de abuso infantil los tiempos de prescripción comenzaban a correr una vez que la víctima cumpliera 18 años, la ley 27.206 volvió a reformar el Código Penal para establecer que para este tipo de delitos el plazo empieza a correr a partir de la denuncia independientemente de la edad de la víctima.

“Estas reformas fueron un avance pero no contemplan casos como el mío, que son de larga data”, agregó Benedetti.

Más allá del camino legislativo, la imprescriptibilidad de este tipo de delitos está comenzando a ser reconocida por vía judicial, como ocurrió con la causa del cura Justo Ilarraz, condenado a 25 años de prisión por abusos cometidos entre 1985 y 1993. De todos modos, la justicia de Salta resolvió este miércoles dictar el sobreseimiento del sacerdote José Carlos Aguilera por considerar que los delitos de abuso habían prescripto.

“El Congreso tiene una deuda con eso”, afirmó Matzen.

No obstante, la legisladora destacó como “un avance” la reciente ley que estableció que el abuso sexual infantil es un delito de acción pública, ya que mientras fueron considerados del orden privado “se dificultaba mucho llegar a la justicia” a las víctimas, dado que solamente ellas o sus padres o tutores podían ser los denunciantes siendo que el “80 por ciento o más ocurren en el marco familiar”.

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