Se pudo saber de forma exclusiva que, el STJ se expidió contra la sentencia N° 219, dictada por el TOP de Goya en Diciembre 2013, que resolvió absolver de culpa y cargo por insuficiencia probatoria, al cura Pacheco por ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL DOBLEMENTE AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE DELITO CONTINUADO - ESQUINA. Por unanimidad dan hacer lugar a los recursos de casación interpuestos por el Sr. Fiscal de Juicio y el querellante en conjunto, casando el fallo absolutorio, ORDENAR EL REENVÍO DE LA PRESENTE CAUSA AL TOP, A FIN DE QUE SE DICTE UNA NUEVA SENTENCIA CONFORME A DERECHO. El cronista Juan Cruz Velásquez hablo con la Dr. Vergez querellante en la causa; se mostró conforme al pedido del tribunal y dijo que va analizar lo resuelto para hablar; también contactó a Pacheco, quien vía telefónica dijo estar muy sorprendido y por el momento evito la entrevista.
El 12 de diciembre del 2013 los jueces Dr. JOSE LUIS ACOSTA. Dr. ROMELIO A. DIAZ COLODRERO Dr. CARLOS R. GILLIARD VOCAL – SUBROGANTE, resolvieron. 1°) ABSOLVER de culpa y cargo al procesado DOMINGO JESUS PACHECO, de condiciones personales referenciadas en autos, en orden al presunto delito de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL DOBLEMENTE AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE DELITO CONTINUADO (art. 119 tercer párrafo y cuarto párrafo incs. a) y b) del Código Penal) que se le atribuyera en la presente causa, POR INSUFICIENCIA DE PRUEBAS (Art. 4 del C.P.P.), disponiéndose la libertad definitiva del nombrado, rechazándose la querella criminal entablada en su contra.
Luego de haberse leído la sentencia completa el 4 de febrero del 2014, presentaron lo que se llama el pedido de casación, que es una apelación al Superior Tribunal de Justicia de la provincia. La Doctora Verónica Verguez abogada defensora de Osvaldo Ramírez y el fiscal, donde los miembros titulares Doctores, Alejandro Alberto Chain, Eduardo Gilberto Panseri, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz, con la Presidencia del Doctor Guillermo Horacio Semhan, decidieron por unanimidad dar lugar al pedido de ambos y ordenar se fije nueva audiencia y se dicte una condena al cura Domingo Pacheco.
Desde el programa HECHOS GOYA que se emite por Radio Tn Goya, Juan Cruz Velásquez contacto a la querellante, Dr Vergez y se vio muy conforme por lo resuelto, dijo esto demuestra que fue como se dijo desde un primer momento, estuvo mal la etapa instructiva y la segunda instancia, voy analizar los temas que dicto el Superior Tribunal de Justicia para dar declaraciones públicas .
También se habló con el cura Domingo Pacheco quien se mostró muy sorprendido, “todavía no tengo nada oficial, pero esto es muy raro, aquí metió la cola el diablo o la política, voy hablar con mi defensa antes de emitir comentarios en público” concluyo el cura.
Son varios los puntos en cuestión lo planteado por el tribunal, dejando entrever que muchos pasó por alto los jueces de Goya. Uno de ellos por ejemplo data de que; Se agravia primeramente por considerar que el fallo resulta arbitrario advirtiendo que en estos casos donde no suele contarse con testigos presenciales, la prueba es de difícil acceso y se perpetra en la intimidad, igualmente el tribunal se propone determinar si el relato de la víctima resulta corroborado por prueba independiente, pero luego aborda un tratamiento por completo desagregado, considerando cada elemento de prueba en particular, debiendo tenerse encuenta en la mayoría de los casos se funda en indicios y presunciones y el análisis de la prueba indiciaria debe efectuarse en forma conjunta y no puede considerarse de forma aislada, toda vez que es probable que individualmente considerados sean ambivalentes.
Otro de los temas en cuestión fue que se agravia porque la declaración testimonial del clérigo R. F. E., párroco de la Parroquia Santa Rita, quien vivía con el imputado, fue analizada muy livianamente por el Tribunal, cuando en dicha declaración se describe la personalidad del imputado, circunstancias que ni siquiera son mencionadas en el fallo, máxime teniendo en cuenta que de dicha declaración surgen circunstancias que demuestran que la conducta de Pacheco no se condice con el comportamiento propio de un sacerdote.
A LA CUESTION PLANTEADA EL SEÑOR MINISTRO DOCTOR
EDUARDO GILBERTO PANSERI, dice: Que adhiero al voto del Doctor Alejandro Alberto Chain, por
compartir sus fundamentos. ASI VOTO.
A LA CUESTION PLANTEADA EL SEÑOR PRESIDENTE DEL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DOCTOR GUILLERMO HORACIO
SEMHAN, dice: Que adhiero al voto del Doctor Alejandro Alberto Chain, por
compartir sus fundamentos. ASI VOTO.
Expte. N° PXQ 1472/11.-
A LA CUESTION PLANTEADA EL SEÑOR MINISTRO DOCTOR
LUIS EDUARDO REY VÁZQUEZ, dice: Que adhiero al voto del Doctor Alejandro Alberto Chain, por
compartir sus fundamentos. ASI VOTO.
A LA CUESTION PLANTEADA EL SEÑOR MINISTRO DOCTOR
FERNANDO AUGUSTO NIZ, dice: Que adhiero al voto del Doctor Alejandro Alberto Chain, por
compartir sus fundamentos. ASI VOTO.
En mérito del presente Acuerdo, el Superior Tribunal de Justicia
dicta la siguiente:
SENTENCIA N° 104
1º) Hacer lugar a los recursos de casación interpuestos por el Sr.
Fiscal de Juicio y el querellante conjunto a fs. 1168 y 1174 respectivamente,
casando el fallo absolutorio de fs. 1150/1165 dictado a favor de D.
J. P. (art. 430 inc. 4 del C.P.P.). 2°) Ordenar el reenvío de la
presente causa al Tribunal Oral de la ciudad de Goya, a fin de que se dicte una
nueva sentencia conforme a derecho (art. 505 del C.P.P.). 3º) Insertar y
notificar.-
Fdo: Dres. Alejandro Chain-Eduardo Panseri-Guillermo Semhan-Luis Rey
Vázquez-Fernando Niz.
Martes, 14 de junio de 2016 |